Legislación



  • Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

  • Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, Reglamento de medidas de Seguridad para los ficheros con datos de carácter personal.
  • Real Decreto 1332/1994, de 20 de junio, Inscripción de Ficheros en la Agencia de Protección de Datos.

  • Real Decreto 195/2000, de 11 de Febrero, establece el plazo para implantar las medidas de seguridad de los ficheros automatizados previstas por el Reglamento aprobado por el Real Decreto 994/1999, de 11 de Junio.

De la citada Ley y Reales Decretos se desprenden dos obligaciones:

  1. Inscripción de los ficheros en el Registro General de Protección de Datos (Artº. 26.4).
  2. Creación de un Plan de seguridad por parte del Responsable del fichero, y, en su, caso, el encargado del tratamiento para adoptar las medidas de índole técnica y organizativas necesarias que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal y eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado (Artº. 9).



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